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  • La Comisión Vasca de Acceso a la Información Pública reprueba la decisión del Ayuntamiento de Errenteria de denegar la información solicitada por EGUZKI sobre el contencioso de la Modificación del Plan General en Gamongoa

    2023-04-12
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    Gamongoa – SuquiaLa CVAIP ha dictado una resolución con fecha 21-03-2023 en la que insta al Ayuntamiento de Errenteria a facilitar en el plazo de 10 días la información solicitada por el colectivo Eguzki.

    Todo comienza con la solicitud de información realizada al Ayuntamiento en setiembre de 2022 y que tiene origen en la renuncia de nuestro colectivo al derecho a participar en el mencionado contencioso por evidentes motivos de insuficiencia económica.

    La solicitud de información realizada el 15 de setiembre de 2022 es denegada por el Ayuntamiento mediante resolución de 19 de octubre del mismo año.

    Considerando que los argumentos utilizados por el Ayuntamiento para la denegación de nuestra solicitud eran insuficientes y obedecían a una lectura restrictiva de los principios de participación, transparencia y derecho a la información, presentamos con fecha 17 de noviembre de 2022 el correspondiente recurso de reposición. Lamentablemente el Ayuntamiento nos notifica la inadmisión del recurso con fecha 27 de enero de 2023.

    Acudimos al Ararteko y en última instancia a la CVAIP donde presentamos nuestra reclamación con fecha 9 de febrero de 2023. La resolución de este organismo que aunque tiene carácter de obligado cumplimiento puede ser recurrida mediante un contencioso-administrativo, ya la avanzamos en el título del escrito, pero por la importancia de la misma reproducimos íntegramente su punto 2º:

    Segundo.- Instar al Ayuntamiento de Errenteria a que, en el plazo máximo de 10 días, proporcione al reclamante la información objeto de su solicitud, conforme a lo establecido en el fundamento jurídico 18 de esta resolución.

    No es la primera vez que nos vemos obligados a recurrir al Ararteko y en este caso también a la CVAIP por, entendemos nosotros, una interpretación restrictiva por parte del Ayuntamiento de la legislación vigente que perjudica los intereses de l@s ciudada@s y de los agentes sociales. Creemos que el Ayuntamiento debe necesariamente cambiar de actitud y aplicar criterios más favorables a los intereses de sus representad@s . Le debería preocupar que criterios jurídicos de personas sin formación en derecho, como es nuestro caso, sean más concluyentes que los de la Administración y su gabinete jurídico de profesionales altamente cualificados.


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