El convenio Iberdrola/Gobierno Vasco para mitigar la mortandad de aves en los tendidos eléctricos llega con mucho retraso y es claramente insuficiente

Un águila perdicera, muerta en un tendido eléctrico. FOTO: Plataforma SOS Tendidos Electricos.

Un águila perdicera, muerta en un tendido. FOTO: Plataforma SOS Tendidos Eléctricos.

El convenio que han suscrito Iberdrola y el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco para adaptar las torres de alta tensión con el fin de evitar o reducir la muerte de aves por electrocución o choque con los cables LLEGA CON MUCHO RETRASO Y ES CLARAMENTE INSUFICIENTE, en opinón de Eguzki.

Quizá alguien piense: “Ya están los ecologistas, tan maximalistas como de costumbre, siempre viendo la botella medio vacía”. Pues a ese alguien le proponemos que se fije en los hechos:

1. El convenio pretende llevar a la práctica las medidas fijadas por el Real Decreto 1432 de 2008, que estableció las pautas para la adaptación de los tendidos eléctricos existentes e impuso obligaciones al respecto. De modo que han transcurrido ya nada menos que diez años largos desde que se aprobó el Decreto. Es decir, el convenio LLEGA CON MUCHO RETRASO.

2. El convenio compromete a la empresa a adaptar cada año un mínimo de 250 torres durante los próximos tres años. Puesto que el inventario de torres a adaptar en la CAV por estar situadas en zonas consideradas vulnerables asciende a 7.000, una simple regla de tres permitirá constatar que, no es que el retraso sea grande, sino que, a este paso, tardaremos otros 28 años en adecuar la red a las estipulaciones del Decreto de 2008. En realidad, más, puesto que los firmantes del convenio reconocen que el inventario debe ser corregido al alza. Es decir, el convenio ES CLARAMENTE INSUFICIENTE.

La viceconsejera de Medio Ambiente, Elena Moreno, se ha felicitado por el “espíritu de colaboración” mostrado por Iberdrola. Ella ha preferido omitir –pero nosotros no tenemos por qué hacerlo– que ese “espíritu de colaboración” tiene mucho que ver con el hecho de que, después de que durante años se hayan negado a tomar medidas, las eléctricas, y concretamente Iberdrola, hayan empezado a ser condenadas en los tribunales por la muerte de especies protegidas en torres no adaptadas. Nunca se insistirá lo suficiente en que causar la muerte a ejemplares de especies protegidas puede ser delito.

Hay que tener en cuenta que la electrocución o choque con los tendidos eléctricos es la principal causa de muerte no natural de las aves de mayor envergadura, sobre todo rapaces, todas ellas protegidas. Según datos oficiales, en el Estado español mueren anualmente 33.000 ejemplares, aunque organizaciones como SEO consideran que esa cifra está muy por debajo de la real. De modo que, si las eléctricas persistieran en no mostrar ningún “espíritu de colaboración”, les podría salir caro.

Eguzki denunció en agosto pasado ante la Fiscalía de Medio Ambiente la electrocución de nueve cigüeñas en un tendido de Olaberria, municipio donde ya el año anterior había muerto de igual modo otro ejemplar de esta misma especie. Tenemos intención de seguir denunciando, lógicamente, este tipo de hechos.

EGUZKI, enero de 2019

NATURKON PRESENTA MOCIONES CONTRA LA FUMIGACIÓN EN VARIOS AYUNTAMIENTOS

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MOCION MUNICIPAL

 

LOS PINARES DEL MUNICIPIO Y LA PROTECCIÓN
DEL MEDIO AMBIENTE Y DE LA SALUD PUBLICA

ANTECEDENTES:

Según datos del último Inventario Forestal de la CAPV (2016), existe una enorme masa cultivada (no son bosques) de casi 125.000 hectáreas de monocultivo de pino insignis, a las que hay que sumar más de 80.000 Ha de otras especies comerciales exóticas que han infectado los paisajes naturales y creado graves pérdidas de biodiversidad en los ecosistemas forestales.

Una consecuencia gravísima de la política forestal actual es que los bosques naturales (robledales, hayedos, marojales, bosques mixtos, encinares, etc.), ya han desaparecido de casi el 75% del territorio de la CAPV. En este sentido, ya existen propuestas técnicas de agentes sociales para la implementación de una nueva política forestal en la CAPV: Naturkon, Plataforma unitaria ecologista y naturalista de Gipuzkoa (2012), y Kolore Guztietako Basoak en Bizkaia (2017).

Otra consecuencia inevitable de la intensifización de la explotación es la proliferación de plagas específicas de las especies empleadas, como es el caso de la procesionaria, del fusarium o, en estos momentos, la banda roja y la banda marrón.

Ante la grave situación fitosanitaria generada por estas enfermedades fúngicas en las masas de pino radiata de la CAPV, en octubre de 2018 el Gobierno Vasco, junto con las Diputaciones Forales y el sector maderero han presentado la denominada “Estrategia vasca para la recuperación de bosques de coníferas”, la cual pretende apuntalar la actual e impactante gestión forestal basada en monocultivos de especies madereras exóticas y en el manejo intensivo del suelo en 207.131 hectáreas de la CAPV, sin importar pendientes, ríos, captaciones de agua o áreas protegidas. Es decir, sin importar ni los efectos secundarios sobre la naturaleza, ni los efectos secundarios sobre las parcelas cercanas o incluso lejanas, ni los efectos secundarios sobre la salud pública.

Esta pretendida ‘Estrategia’ propone la utilización de óxido cuproso como fungicida en la lucha contra la banda marrón y la banda roja, lo que puede generar problemas de primera magnitud, tanto en el Medio Ambiente como en la salud pública. Además de a las comunidades naturales de hongos y setas, que destruye directamente sin discriminar entre patógenos y no patógenos, puede afectar a la fauna salvaje, a los suelos, a las aguas y captaciones de suministro, a los cultivos de alimentos, y a la salud de la población. En nuestro caso, hay que tener en cuenta que las aguas del embalse de Añarbe, además de a la población de Errenteria-Orereta, abastecen a la mitad de la población de Gipuzkoa. Además, multitud de manantiales y regatas suministran agua a caseríos y explotaciones agroganaderas.

La normativa europea prohíbe con carácter general la aplicación de productos fitosanitarios desde aeronaves, dado que por su falta de precisión es imposible determinar dónde se aplica realmente el producto y se dilapida inútilmente, y por ello se vierten cantidades muy superiores a las realmente necesarias, causando unas perjuicios y riesgos ambientales y sanitarios innecesariamente elevados. Únicamente en casos  excepcionales se prevé la posibilidad de levantar la prohibición general.

La fumigación aérea masiva mediante tratamientos de óxido cuproso está prevista para la primavera de 2019, si se produjese la preceptiva autorización del Gobierno español.

A la vista de todo lo anterior, y sin obviar la necesidad de revisar en profundidad y con seriedad la actual política forestal, este Ayuntamiento

RESUELVE:

1.- El Ayuntamiento de Errenteria solicita a la Diputación Foral de Gipuzkoa que no efectúe ningún tipo de fumigación aérea en las masas forestales del municipio, tanto públicas como privadas, con el fin de garantizar la protección del Medio Ambiente, de la salud pública y de las captaciones de agua para la población.

2.- El Ayuntamiento de Errenteria niega toda autorización para aplicar tratamientos a base de óxido cuproso en los montes de su propiedad.

3.- El Ayuntamiento de Errenteria insta a las demás instituciones públicas de Euskal Herria, a saber, Gobierno Vasco, Gobierno Navarro, Diputaciones Forales, Ayuntamientos, Mancomunidades, Parzonerías y Juntas Vecinales, a que hagan otro tanto en los montes de su propiedad respectiva.

4.- El Ayuntamiento de Errenteria invita a los propietarios de la localidad a que denieguen, en tanto que propietarios, la autorización para fumigar sus parcelas.

5.- El Ayuntamiento de Errenteria no autoriza la aplicación de tratamientos fitosanitarios mediante aeronave en su término municipal.

6.- El Ayuntamiento de Errenteria creará un registro para que los vecinos que se opongan a que sus parcelas o las adyacentes sean fumigadas puedan inscribirse en el mismo pare recibir el amparo y el apoyo del Ayuntamiento, en forma de asesoramiento y representación ante la Diputación para hacer las gestiones que resulten necesarias.

7.- El Ayuntamiento de Errenteria considera que no cumpliendo los cultivos intensivos de especies alóctonas ninguna función ni protectora ni de conservación de la naturaleza, no procede continuar apuntalando con recursos públicos prácticas contrarias a la finalidad declarada de estos montes.

8.- Comunicar el contenido de esta moción a los medios de comunicación, al Gobierno Vasco, a las tres Diputaciones Forales, al Gobierno Español y al órgano representante del sector maderero (Baskegur).

Errenteria-Orereta, a 4 de enero de 2019

NATURKON (Gipuzkoako natura-talde eta ekologisten Elkartea)

Naturkon-parataideen-anagramak-txikian